TRansporte de Animales, es necesaria la guia

Es una duda muy habitual que se nos plantean en los cursos de formación de Bienestar Animal, y vemos que existe tanta desinformación como confusión sobre el tema, e incluso hay quien comenta la existencia de sanciones por estos motivos... algo que nos parece bastante extraño. En este pequeño post indicaremos de forma clara que necesito para mover a mi caballo a estas actividades lúdicas con un impresionante auge, cuando menos en Galicia. Esta información, aunque se centra en normativa autonómica Gallega, es extrapolable a cualquier comunidad, hemos consultado las diferentes normativas y las variaciones son mínimas. Sin embargo en el artículo utilizaremos como base la normativa de Galicia.

 

 

¿ES NECESARIO SACAR UNA GUÍA DE MOVIMIENTO EN LA OFICINA COMARCAL AGRARIA PARA IR A UNA RUTA ECUESTRE, XUNTANZA CABALAR, FIESTA O SIMILAR?

 

¿NECESITO O NO NECESITO UNA GUIA PARA IR A UNA RUTA?

Esperabais un Sí o un No… lo sé… pero si la cosa fuera tan sencilla no haría falta un post ni existiría tanta confusión sobre la materia. Pero tampoco es tan complejo como parece, cuando menos en el 90% de los casos la respuesta es sencilla y clara… Pero antes de darla vamos a hacernos una pregunta principal que nos ayudará a guiar y diferenciar las respuestas:

 
¿Cuál es el ámbito del movimiento?

Local, Comarcal, Provincial, Autonómico, Estatal o Internacional … y esta respuesta condicionará la solución a la cuestión primaria:

  • Movimientos Locales, Comarcales, Provinciales o Autonómicos: NO ES NECESARIA LA GUIA PARA REALIZAR EL MOVIMIENTO DEL ANIMAL. Siempre y cuando no sea un movimiento definitivo (Traslado, cambio de titular, venta, sacrificio… o bien existan restricciones epidemiológicas para el movimiento, algo a lo que se le da la suficiente publicidad como para que todos nos enteremos. En este movimiento el animal debe estar acompañado de su DIE (Documento de identificación Equina con su microchip correspondiente y correctamente registrados en el aplicativo informático de la comunidad autónoma)

Y si nos preguntáis donde os podéis amparar normativamente ante algunos desinformados agentes de la autoridad o compañeros cabezones que en enconadas discusiones defienden la necesidad de guías para el movimiento de nuestros caballos … esta es la respuesta normativa en Galicia

DECRETO 142/2012, de 14 de junio, por el que se establecen las normas de identificación y ordenación zoosanitaria de los animales equinos en Galicia.

CAPÍTULO V
CONTROL Y COMUNICACIÓN DE MOVIMIENTO DE ÉQUIDOS Y CAMBIOS DE PROPIEDAD

Artículo 19. Validez de los documentos de identificación para el movimiento dentro de Galicia

1. Los équidos registrados, los équidos de crianza y rendimiento y los équidos de abasto podrán circular libremente en el ámbito de la Comunidad Autónoma gallega, amparados por su documento de identificación equina como único documento de acompañamiento, siempre que figuren correctamente incorporados a la base de datos de la comunidad autónoma.

2. Ante la detección de circunstancias sanitarias que impliquen restricción de movimientos en la explotación o en la comarca veterinaria donde se encuentre el équido, el veterinario oficial suspenderá la validez del documento de identificación para movimiento y procederá en consecuencia a cubrir la sección VIII de dicho documento.

Además, en caso de querer sacar una guía exiten dos datos que el aplicativo no puede obviar… los códigos REGA de explotación de origen y explotación de destino, centro de concentración o similar… ¿alguien da de alta un REGA para una ruta o xuntanza? ¿Se puede hacer? … No voy a decir a lo ultimo que no porque ya he visto de todo… pero no es ni lógico ni mucho menos común, por lo que sería imposible sacar una guía sino tenemos un destino registrado al que enviar el animal…

 

niño carro caballos CALIDARIA

 

  • Movimientos Estatales: SI ES NECESARIA LA GUIA PARA REALIZAR EL MOVIMIENTO DEL ANIMAL. Vivir en un reino de Taifas tiene sus problemas, y uno de ellos es la estúpida manía de segmentar los movimientos por comunidades, algo que si bien a algunas comunidades poco influye, en otras localidades fronterizas puede suponer un importante problema … Alguien de Ribadeo necesitaría Guía para mover un animal a Vegadeo (5 km) y no para desplazarlo a A Guarda (Casi 200 Km) … Pero como es lo que nos toca, y como además no tiene ni sentido ni medios para realizarlo, no hay explotación de destino… se ha utilizado un aspecto ya contemplado en la normativa para poder facilitar estos movimientos. Y a través del Real Decreto 577/2014, de 4 de julio se regula un documento voluntario, la TME Tarjeta de Movimiento Equina, también llamada tarjeta inteligente equina, que permite movimientos lúdicos sin necesidad de guía para desplazamientos de menos de 30 días por el territorio nacional. En otro artículo comentaremos más pormenorizadamente las características de este documento, que en algunos casos, puede ayudarnos a disminuir el papeleo que algunos movimientos animales requieren. Sólo aclarar que esta tarjeta no exime de la necesidad de tener con el animal el DIE, por lo que no viene a sustituirlo sino a complementarlo.

 

  •  Movimientos Internacionales: SI ES NECESARIA LA GUIA PARA REALIZAR EL MOVIMIENTO DEL ANIMAL. No hay forma de escaparse, aunque en algunos caos resulte absurdo ya que las fiestas, las concentraciones y los recorridos no entienden de una Raia más administrativa que real… la única ventaja es que los Raiano entre Galicia y Portugal suelen ser sensibles a esta problemática y particularidad.

¿Y SI ME MULTAN POR NO TENER GUIA EN MI COMUNIDAD QUE HAGO?

Pues vigilar que ponga claro que la multa es por la ausencia de guía… y poner un escrito de reclamación amparándose en la normativa autonómica que rija, ni más ni menos… No la vayamos a liar por reclamar cual Juana de Arco y normativa en mobil, y al final acaben buscándonos otro problema….

 

¿Y ENTONCES PARA QUE VALE UNA GUIA DE MOVIMIENTO?

Una guía es un documento que garantiza la localización de un animal en cualquier momento y cuya finalidad fundamental es controlar posibles problemas de enfermedades animales con una capacidad de transmisión importante. Por ello, y a pesar de todo lo anteriormente dicho, tampoco tiene mucho sentido que no haya un registro de animales participantes en una ruta … tarde o temprano tendrá que haber un registro que permita controlar estas ingentes agrupaciones de animales en estrecho contacto y que a la postre pueden suponer un foco importante de diseminación de enfermedades infectocontagiosas … Sé que la burocracia y los papeles nos molestan a todos … pero imaginaros que la vida de vuestro amigo depende de localizar de forma rápida los animales que estuvieron presentes en una ruta a la que asistió un caballo afectado con una patología peligrosa … en ese momento la burocracia ayudaría a una gestión mucho más eficaz de la situación… y seguramente a salvarles la vida a muchos animales … a veces los contras… acaban volviéndose pros…

 

CONCLUSIONES:

  • Para movimientos dentro de la Comunidad Autónoma no es necesario guía si se trata de actividades lúdicas, sin cambio de localización o titular, y siempre y cuando el animal esté correctamente identificado.
  • Los movimientos entre comunidades autónomas si requieren guía, siempre y cuando no se disponga de la TMI, elemento voluntario que ampara movimientos lúdicos de menos de 30 días.
  • A pesar de no ser necesaria la guía si que sería recomendable controlar y regular los movimientos a agrupaciones de ganado de magnitudes importantes, como son las rutas o xuntanzas cabalares, la sanidad de nuestros amigos… puede estar en juego.

 

Espero que os haya servido de ayuda!!!

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Antonio Fontenla Martínez

Calidaria - Formación y Calidad Alimentaria

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